Artículo 103 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Contraloría Interna es la oficina encargada de vigilar cómo se gasta el dinero del Instituto Electoral, cómo se guarda y para qué se usa. También investiga si algún servidor público cometió una falta y, si es necesario, aplica castigos según la ley. Esta oficina tiene libertad para hacer su trabajo sin presiones, y su jefe o jefa cambia cada cierto tiempo según lo que diga la Ley Anticorrupción de la Ciudad de México. Para cumplir su labor, la Contraloría tiene dos áreas especializadas: una que investiga quejas contra servidores públicos y aplica sanciones, y otra que revisa las cuentas y el gasto del Instituto Electoral mediante auditorías.
Texto oficial
Artículo 103. La Contraloría Interna para el desempeño de sus atribuciones, contará con independencia y su titularidad será ocupada de manera rotativa en los términos y condiciones que para el efecto se establezcan en la Ley del Sistema Local Anticorrupción. La Contraloría Interna que tiene a su cargo fiscalizar el manejo, custodia y empleo de los recursos del Instituto Electoral, e instruir los procedimientos administrativos y, en su caso, determinar las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México. Para el logro de sus objetivos la Contraloría Interna contará con las siguientes Subcontralorías: a)Responsabilidades e Inconformidades, a quien compete el proceso de investigación de las quejas interpuestas por probables conductas de las personas servidoras públicas, así como la substanciación e imposición de sanciones una vez agotada la etapa de investigación; y b)Auditoría, Control y Evaluación, a quien corresponde la función sustantiva de realizar las auditorías al ejercicio del gasto en el Instituto Electoral. Artículo reformado G.O. CDMX 02/06/2022
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.