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Artículo 205 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría General tiene varias áreas que la ayudan a hacer su trabajo, como la Secretaría Técnica, la Oficialía de Partes (donde se reciben documentos), el Archivo, el área de Notificaciones (que avisa a las personas sobre decisiones) y Jurisprudencia (que se encarga de revisar casos similares anteriores). Cómo se organizan y qué hacen estas áreas está explicado en el Reglamento Interior del Tribunal Electoral, que es como el manual de reglas del tribunal.

Texto oficial

Artículo 205. Para el desempeño de sus atribuciones, la Secretaría General cuenta con el apoyo de áreas que tienen a su cargo las tareas de Secretaría Técnica, Oficialía de Partes, Archivo, Notificaciones y Jurisprudencia, entre otras. La organización, funcionamiento y atribuciones de las áreas referidas, se rige por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior del Tribunal Electoral. SECCIÓN SEGUNDA DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 115) ↗

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