Artículo 21 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser alcalde o alcaldesa en México, necesitas cumplir con varios requisitos. Debes ser ciudadano mexicano con todos tus derechos, tener al menos 25 años el día de la elección y haber vivido en la alcaldía por la que te postulas durante los últimos seis meses sin interrupción. También está prohibido que en ese momento seas diputado, senador, juez, militar o policía, a menos que renuncies a tu cargo 60 días antes de la elección. Si eres sacerdote o ministro de algún culto, debes haber dejado ese trabajo al menos cinco años antes. Por último, no puedes haber sido condenado por violencia política contra las mujeres. Para ser concejal aplican las mismas reglas, pero la edad mínima es de 18 años.
Texto oficial
Artículo 21. Para ser Alcaldesa o Alcalde se requiere: I. Tener la ciudadanía mexicana en el ejercicio de sus derechos; II. Tener por lo menos veinticinco años al día de la elección; III. Tener residencia efectiva en la demarcación territorial correspondiente a su candidatura, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; IV. No ser legislador o legisladora en el Congreso de la Unión o en el Congreso de la Ciudad; juez, magistrada o magistrado, Consejera o Consejero de la Judicatura del Poder Judicial; no ejercer un mando medio o superior en la administración pública federal, Local o de las alcaldías; militar o miembro de las fuerzas de seguridad ciudadana de la Ciudad, a menos que se separen de sus respectivos cargos por lo menos 60 días antes de la elección; V. No ocupar el cargo de Ministra o Ministro de algún culto religioso, a no ser que hubiere dejado de serlo con cinco años de anticipación y en la forma que establezca la ley; VI. No haber sido sentenciada o sentenciado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género. Los requisitos para ser concejal serán los mismos que para las personas titulares de las alcaldías, con excepción de la edad que será de 18 años.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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