Artículo 211 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal Electoral tiene varias áreas que se encargan de trabajos específicos, como guardar documentos, publicar información, asegurarse de que todo sea transparente, manejar la comunicación, conectar con otras instituciones, velar por la igualdad de género y los derechos humanos, y capacitar a la gente. Cada una de estas áreas está a cargo de un coordinador o coordinadora que es elegido por el Pleno del Tribunal. Para ocupar ese puesto, la persona debe cumplir con los requisitos que vienen en el Reglamento Interno del Tribunal.
Texto oficial
Artículo 211. El Tribunal Electoral cuenta con Coordinaciones que tienen a su cargo las tareas de: I. Archivo y documentación, II. Difusión y publicación, III. Transparencia, IV. Comunicación Social, V. Vinculación VI. Género y Derechos Humanos VII. Instituto de Formación y Capacitación Al frente de cada una de las Coordinaciones del Tribunal, habrá un Coordinador nombrado por el Pleno. Para ser Coordinadora o Coordinador deberán cumplirse los requisitos que se señalen en el Reglamento Interior del Tribunal Electoral.
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