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Artículo 214 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El equipo encargado de la difusión y las publicaciones del Tribunal tiene varias tareas. Entre ellas, proponer al Presidente qué libros o documentos sacar para que la gente entienda mejor temas legales y electorales, y también organizar la impresión de todo lo que publique el Tribunal. Además, se encarga de la biblioteca, de la revista llamada Electio y de tener al día los archivos y fotos importantes de la institución. También debe crear campañas para que la ciudadanía conozca lo que hace el Tribunal, manejar los tiempos en radio y televisión con el Instituto Nacional Electoral, y coordinar lo que se sube a la página de internet del Tribunal. Por último, tiene que revisar que toda la información que se difunda sea objetiva y equitativa, y hacer lo que le pida su jefe o lo que digan las reglas internas.

Texto oficial

Artículo 214. La Coordinación de Difusión y Publicación tendrá las siguientes atribuciones: I. Proponer al Pleno, por conducto de la o el Presidente, las publicaciones que estime convenientes para la mejor divulgación de las materias jurídica y político-electoral. II. Programar y coordinar la edición de las publicaciones que realice el Tribunal. III. Coordinar y dirigir las actividades de la Biblioteca del Tribunal. IV. Organizar y supervisar la publicación de la revista Electio. V. Fomentar el intercambio interbibliotecario con otras instituciones. VI. Supervisar la selección y la clasificación de la información para realizar la síntesis informativa. VII. Generar contenidos y realizar el envío de materiales de difusión al interior del Tribunal. VIII. Elaborar, generar y distribuir las síntesis informativas. IX. Organizar y mantener actualizado el banco de información y el archivo documental y fotográfico relacionado con el quehacer institucional. X. Proponer y desarrollar campañas integrales para dar a conocer, promover y fortalecer los objetivos, funciones y responsabilidades del TEDF, así como llevar a cabo todos los trámites ante el Instituto Nacional Electoral relacionados con los aspectos técnicos y administrativos de las solicitudes de asignación de tiempos en radio y televisión, y con la entrega de los materiales de audio y video para su respectiva transmisión. XI. Valorar los contenidos a difundir en términos de objetividad, equidad y proporcionalidad de la información. XII. Coordinar los contenidos del sitio web del Tribunal, con el respaldo técnico de la Unidad de Tecnologías de la Información. XIII. Fortalecer la imagen institucional, a través de la difusión intra e interinstitucional y en los diferentes sectores de la sociedad. XIV. Aquellas que se determinen en la normatividad interna aplicable; así como las que su superior jerárquico le encomiende en relación con su puesto. SECCIÓN CUARTA DE LA COORDINACIÓN DE TRANSPARENCIA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 119) ↗

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