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Artículo 243 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Agrupaciones Políticas Locales son grupos de ciudadanos que se juntan para participar en política a nivel de tu estado. Para funcionar legalmente, necesitan registrarse ante el Instituto Electoral de tu entidad, como lo marca este Código. No son partidos políticos, sino una forma más sencilla de organización ciudadana.

Texto oficial

Artículo 243. Las Agrupaciones Políticas Locales son formas de asociación ciudadana que conforme a lo señalado en este Código, obtendrán su registro ante el Instituto Electoral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 129) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.