Artículo 387 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Nacional es el que pone las reglas para imprimir las boletas y los papeles que se usan en las elecciones. También define cómo se hace para los ejercicios donde la gente opina sobre algún tema, como consultas o referéndums. En pocas palabras, el Instituto decide cómo y cuándo se imprimen esos documentos. Nadie más puede cambiarlo.
Texto oficial
Artículo 387. La impresión de las boletas y de la documentación electoral se realizará en los términos y lineamientos que establezca el Instituto Nacional, así como los propios para los ejercicios de participación ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.