Artículo 98 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 98 dice que el Instituto Electoral tiene varios equipos especializados, llamados Unidades Técnicas, que se encargan de trabajos específicos. Por ejemplo, hay un equipo que maneja la comunicación y la difusión, otro que se ocupa de los servicios de cómputo y uno más que atiende los asuntos legales. Las fracciones III, V y VI que aparecen como "derogadas" significa que ya no existen, porque fueron eliminadas por una ley publicada el 2 de junio de 2022 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 98. El Instituto Electoral cuenta con Unidades Técnicas que respectivamente tienen a su cargo las tareas de: I. Comunicación Social y Difusión II. Servicios Informáticos III. Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 02/06/2022 IV. Asuntos Jurídicos V. Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 02/06/2022 VI.Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 02/06/2022 Se deroga. Párrafo derogado G.O. CDMX 02/06/2022
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