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Artículo 99 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada área técnica del instituto tiene un jefe, que es elegido por el Consejo General (el grupo que toma las decisiones importantes). Para ser ese jefe, la persona debe cumplir con los mismos requisitos que piden para los directores ejecutivos, como tener ciertos estudios o experiencia. En pocas palabras, quien encabece una unidad técnica tiene que estar igual de preparado que los jefes de otras áreas clave. Así se aseguran de que todos los puestos importantes los ocupen personas capacitadas.

Texto oficial

Artículo 99. Al frente de cada Unidad Técnica habrá un titular nombrado por el Consejo General, que debe reunir los requisitos señalados para los titulares de las Direcciones Ejecutivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

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