Artículo 12 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 12 dice que la población de una delegación o alcaldía está formada por todas las personas que viven ahí, ya sea como habitantes o como vecinos. Ser habitante significa que solo vives en ese lugar, mientras que ser vecino implica que además estás registrado oficialmente ahí. En pocas palabras, si tienes tu casa en esa zona, formas parte de su población.
Texto oficial
Artículo 12. La población de las demarcaciones territoriales se compone por las personas habitantes o vecinas dentro de su territorio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.