Artículo 133 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre el dinero que manejan las Alcaldías (las oficinas que gobiernan cada zona de la Ciudad de México). Las Alcaldías pueden hacer su propio plan de gastos (presupuesto), pero ese plan lo tiene que aprobar el Concejo (un grupo de personas que vigila a la Alcaldía) y después se lo mandan al Jefe de Gobierno para que lo incluya en el presupuesto de toda la ciudad. También pueden usar ese dinero por su cuenta, pero siempre siguiendo las leyes y reglas, y tienen que llevar un registro de todo lo que gastan y reciben en un sistema de contabilidad del gobierno. Por último, pueden ajustar su presupuesto si les llega más o menos dinero del esperado.
Texto oficial
Artículo 133. En el ejercicio de sus presupuestos, las Alcaldías gozarán de las facultades siguientes: I. Elaborar el presupuesto de egresos de sus demarcaciones, el cual será aprobado por su respectivo Concejo, y se enviará a la o el Jefe de Gobierno para su integración al proyecto de presupuesto de egresos de la Ciudad; II. Administrar y ejercer con autonomía sus presupuestos, sujetándose a las leyes y reglamentos de la materia; III. Elaborar y programar los calendarios presupuestales; IV. Disponer de los recursos asignados en sus presupuestos y efectuar los pagos con cargo a los mismos, conforme a las ministraciones de recursos que reciban, debiendo registrar y contabilizar sus operaciones en el sistema de contabilidad gubernamental, de acuerdo con la normatividad federal y local de la materia; V. Autorizar las adecuaciones presupuestarias, de conformidad con la Ley, según mandato de la Constitución Local, en su artículo 21, apartado D, fracción III, numeral 1, inciso e); VI. Determinar, en los casos de aumento o disminución de ingresos en el presupuesto, los ajustes que correspondan sujetándose a la normatividad aplicable; y VII. Captar, registrar, administrar y ejercer los recursos de aplicación automática que generen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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