Artículo 15 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 15 dice que las alcaldías (que son las demarcaciones territoriales) son como los "municipios" de la Ciudad de México. Cada alcaldía se compone de tres cosas: la gente que vive ahí, el territorio que ocupa y las autoridades que la gente elige en las urnas. Son el nivel de gobierno más cercano a ti, porque es el que atiende los problemas de tu colonia o barrio. Su forma de trabajar se basa en que tú puedas participar en las decisiones y en que las autoridades rindan cuentas de manera honesta y eficiente.
Texto oficial
Artículo 15. Las demarcaciones territoriales son la base de la división territorial y de la organización político administrativa de la Ciudad de México. Se conforman por habitantes, territorio y autoridades políticas democráticamente electas. Son el orden de gobierno más próximo a la población de la Ciudad y sus instituciones se fundamentan en un régimen democrático, representativo y de participación ciudadana, así como en los preceptos del buen gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.