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Artículo 184 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de tu alcaldía tiene la facultad de identificar zonas o colonias (llamadas "polígonos") donde haya problemas de violencia o delincuencia, y luego explicarle a las autoridades correspondientes qué está pasando ahí. Esto lo hacen para que esas autoridades puedan crear medidas o programas especiales que ayuden a prevenir la violencia y el delito en esas áreas. En otras palabras, la alcaldía puede señalar los puntos conflictivos y proponer soluciones, pero no las aplica directamente, sino que se las encarga a quien sí puede hacerlo. Es como cuando le dices a un especialista dónde duele y cómo, para que él decida el mejor tratamiento.

Texto oficial

Artículo 184. La Alcaldía podrá proponer polígonos y explicar las problemáticas específicas a las autoridades competentes para la eventual aplicación de políticas públicas concretas en materia de prevención social de las violencias y el delito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.