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Artículo 219 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías tienen que crear formas claras para que las propias comunidades y barrios originarios, así como los indígenas que viven ahí, puedan checar cómo se gasta el dinero y cómo se toman las decisiones. Esto significa que deben poner reglas para que la gente común pueda vigilar que todo se haga de manera honesta y transparente. La ley les da derecho a estos grupos a estar al tanto de lo que hacen las autoridades locales.

Texto oficial

Artículo 219. Las Alcaldías establecerán mecanismos específicos de seguimiento y rendición de cuentas para que los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes participen en la vigilancia de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

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