Artículo 48 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Alcaldías tienen la obligación de fomentar que la comunidad, las organizaciones sociales y las empresas participen en cuidar y restaurar la naturaleza, así como en proteger el medio ambiente. Esto significa que deben hacer campañas, juntas o actividades para que todos, como vecinos o grupos, se involucren en tareas como reciclar, limpiar espacios públicos o cuidar el agua y los bosques.
Texto oficial
Artículo 48. Las Alcaldías en el ámbito de sus competencias promoverán la educación y participación comunitaria, social y privada para la preservación y restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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