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Artículo 48 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías tienen la obligación de fomentar que la comunidad, las organizaciones sociales y las empresas participen en cuidar y restaurar la naturaleza, así como en proteger el medio ambiente. Esto significa que deben hacer campañas, juntas o actividades para que todos, como vecinos o grupos, se involucren en tareas como reciclar, limpiar espacios públicos o cuidar el agua y los bosques.

Texto oficial

Artículo 48. Las Alcaldías en el ámbito de sus competencias promoverán la educación y participación comunitaria, social y privada para la preservación y restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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