Artículo 9 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las alcaldías son como las oficinas de gobierno que administran cada parte de la Ciudad de México, y también son un nivel de autoridad local. Esto significa que cumplen con lo que dice la Constitución y las leyes. No hay ningún otro jefe o autoridad entre el Jefe de Gobierno de la ciudad y las alcaldías, así que nadie se interpone entre ellos. En pocas palabras, el Jefe de Gobierno trata directo con cada alcaldía, sin vueltas ni intermediarios.
Texto oficial
Artículo 9. Las Alcaldías son parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes. No existirán autoridades intermedias entre la jefa o el jefe de gobierno y las Alcaldías.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.