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Artículo 1 de la LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Y PROSPECTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1 dice que esta ley sirve para definir cómo se organiza, cómo trabaja y cómo opera el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México. Básicamente, establece las reglas para que este Instituto funcione bien y haga su labor de planificar el futuro de la ciudad. Es como el manual que indica quién hace qué, cómo se toman las decisiones y de qué manera se llevan a cabo sus actividades.

Texto oficial

Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley, tienen por objeto regular la organización, funcionamiento y operación del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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