Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 6 de la LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Y PROSPECTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Gobierno es el grupo que toma las decisiones más importantes del Instituto. Está formado por varias personas, como la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México (quien la preside), los titulares de varias secretarías (como Gobierno, Administración y Finanzas, y Medio Ambiente), tres representantes del Cabildo elegidos en una sesión especial, y siete ciudadanos que forman parte del Directorio Técnico. En pocas palabras, son los jefes de distintas áreas de gobierno y algunos ciudadanos los que dirigen el rumbo del Instituto.

Texto oficial

Artículo 6. La Junta de Gobierno es el órgano rector del Instituto, de carácter plural e interdisciplinario, que se integra por: I. La persona titular de la Jefatura de Gobierno, quien la presidirá; II. La persona titular de la Secretaría de Gobierno; III. La persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México; IV. La persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México; Fracción Reformada G.O. CDMX 27/08/25 V. IV. BIS La persona titular de la Secretaría de Gestión Integral del Agua; Fracción adicionada G.O. CDMX 27/08/25 IV. TER La persona titular de la Secretaría de Vivienda; Fracción adicionada G.O. CDMX 27/08/25 VI. La persona titular de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México; VII. La persona titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; VIII. Tres personas representantes del Cabildo, que serán designadas en una sesión especial; y IX. Siete personas consejeras ciudadanas integrantes del Directorio Técnico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.