Artículo 13 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que preside el Consejo tiene varias tareas importantes. Puede convocar juntas, dirige las sesiones y, si hay empate en una votación, su voto vale doble para decidir. También propone el plan de evaluaciones del año y el presupuesto, que luego se manda a la Secretaría de Administración y Finanzas. Elige al jefe de la Secretaría Ejecutiva y representa al Consejo en reuniones con otros grupos anticorrupción. Además, puede firmar acuerdos con universidades, gobiernos y organizaciones para ayudar al Consejo a hacer su trabajo, y hacer todo lo necesario para cumplir sus funciones.
Texto oficial
Artículo 13. Son atribuciones de la persona titular de la Presidencia del Consejo: I. Convocar, a través de la Secretaría Ejecutiva, a las sesiones del Consejo; II. Presidir las Sesiones del Consejo y emitir voto de calidad en caso de empate; III. Poner a consideración del pleno los asuntos tratados en las sesiones y someterlos a votación; IV. Proponer al Consejo el Programa Anual de Evaluaciones; V. Proponer el proyecto de Presupuesto al Consejo, una vez aprobado por el mismo remitirlo a la Secretaría de Administración y Finanzas; VI. Designar a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Consejo; VII. Representar al Consejo ante el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México; VIII. Establecer mecanismos de coordinación con el Instituto de Planeación y el Sistema Integral de Derechos Humanos; IX. Establecer las políticas generales y líneas de acción a las que se sujetará el Consejo en el ámbito administrativo; X. Suscribir los convenios de colaboración con centros de investigación, universidades, organizaciones de los sectores: público, social y privado, nacionales e internacionales, así como entes de la administración pública local y de otras entidades federativas y gobiernos locales, que el Consejo requiera para el cumplimiento de sus tareas, y XI. Las demás requeridas para el desarrollo de sus funciones y las del Consejo.
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