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Artículo 33 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Consejo aprueba recomendaciones, debe avisarle oficialmente a la institución evaluada en máximo 5 días hábiles (días que no cuentan sábados, domingos ni festivos). A partir de que reciben ese aviso, la institución tiene 15 días hábiles para responderle al Consejo cómo piensa cumplir con lo recomendado.

Texto oficial

Artículo 33. Las recomendaciones se notificarán formalmente a los entes evaluados en un plazo no mayor a cinco días hábiles desde su aprobación por el Consejo. Los entes contarán con quince días hábiles posteriores a la notificación para responder al Consejo sobre las formas y mecanismos para el cumplimiento de las recomendaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.