Artículo 32 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Comités revisan la información y las observaciones que se hicieron, y si es necesario, preparan sugerencias formales explicando por qué son válidas. Esas sugerencias tienen que estar bien justificadas y basadas en la ley. Después, las pasa al Consejo para que las apruebe o no. Básicamente, los Comités proponen y el Consejo decide.
Texto oficial
Artículo 32. Los Comités, con base en la evaluación y en el desahogo de las observaciones, elaborarán, en su caso, las propuestas de recomendaciones debidamente fundadas y motivadas, las cuales serán aprobadas por el Consejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.