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Artículo 31 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Evaluación te dirá qué cosas no están bien o faltan (las "observaciones"). Desde que recibas ese aviso, tienes 30 días hábiles para responder. En ese tiempo, puedes entregar los papeles o pruebas que te sirvan para aclarar o corregir lo que te señalaron. También tendrás oportunidad de hablar con el Comité para dar tus explicaciones. Esto es para que puedas defenderte y arreglar cualquier problema antes de que tomen una decisión final.

Texto oficial

Artículo 31. A partir de la fecha en la que el Comité de Evaluación notifique las observaciones, las entidades evaluadas contarán con treinta días hábiles para dar respuesta y aportar, en su caso, toda la información y evidencia documental que a su derecho convenga. Durante este periodo se garantizará el derecho de audiencia de las personas representantes de los entes evaluados ante el Comité, para aclarar o subsanar las observaciones formuladas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.