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Artículo 30 de la LEY DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que su propio reglamento (como un manual de reglas) va a definir cuántas oficinas u áreas tendrá la Defensoría Pública, qué trabajo hará cada una y cómo estarán organizadas por dentro. Esto es para que quede claro quién hace qué y cómo funciona todo.

Texto oficial

ARTÍCULO 30. El reglamento de esta ley establecerá el número de unidades administrativas de la Defensoría Pública, las atribuciones de cada una de ellas y su estructura orgánica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.