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Artículo 31 Bis de la LEY DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Defensoría Pública (la oficina que ayuda legalmente a quienes no tienen recursos) tiene que trabajar en equipo con la Autoridad Garante Local (el organismo que vigila que se respete tu derecho a saber y a proteger tus datos personales). Esto significa que deben seguir las sugerencias, reglas y guías que esa autoridad les dé en su trabajo. Básicamente, es para asegurarse de que la información pública sea accesible para ti y que tus datos privados estén bien cuidados.

Texto oficial

ARTÍCULO 31 Bis. La Defensoría Pública deberá coordinarse con la Autoridad Garante Local, en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, atendiendo las recomendaciones, criterios y lineamientos que emita en el ámbito de sus atribuciones. CAPÍTULO II DE LA INFRAESTRUCTURA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.