Artículo 42 de la LEY DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para seguir trabajando como Defensor o Defensora Pública en la Ciudad de México, necesitas cumplir con estos puntos: 1. Aprobar el curso de capacitación que da la Defensoría cada año. 2. Cada tres años, presentar y aprobar los exámenes de confianza que aplica la Contraloría, donde te revisan tu situación económica y tu perfil psicológico. 3. Que un juez no haya dictado que hay suficientes pruebas para que te juzguen por un delito (esto se llama "vinculación a proceso"). 4. No haber recibido una condena firme por un delito cometido a propósito. 5. No haber sido despedido, suspendido o inhabilitado de forma definitiva como servidor público. 6. También aplican todos los demás requisitos que pida esta ley, su reglamento u otras leyes.
Texto oficial
ARTÍCULO 42. Para permanecer como persona Defensora Pública en el servicio profesional de carrera, se requiere: I. Aprobar el programa anual de capacitación de la Defensoría Pública de la Ciudad de México; II. Presentarse y acreditar los exámenes de control de confianza que se realizarán cada tres años, por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en las materias patrimonial y psicométrica; III. Que no se dicte en su contra vinculación a proceso; IV. No haber sido sentenciada mediante sentencia ejecutoriada, por delito doloso; V. No haber sido suspendido, destituido o inhabilitado por resolución firme como servidora pública, en los términos de las normas aplicables; y VI. Las demás que señale la presente ley, su reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.