Artículo 111 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El auditor tiene que revisar si la persona o empresa que está siendo fiscalizada realmente aplicó las medidas que se le pidieron. Esto es para verificar que cumplió en los tiempos que marca la ley o las reglas de la entidad que hace la revisión.
Texto oficial
Artículo 111.-El auditor deberá llevar un control del seguimiento de las medidas implementadas por el sujeto de fiscalización a fin de que mediante los plazos señalados en la normatividad aplicable se determine si se emprendieron acciones preventivas por los sujetos de fiscalización en los plazos establecidos por la entidad fiscalizadora.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.