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Artículo 110 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Auditoría Superior le va a decir a quien fiscalizaron los resultados de las auditorías y qué cosas debe hacer para corregir los errores o fallas que encontraron. La persona o empresa que fue auditada tiene que entregar los papeles o la información que demuestren que ya hizo los cambios que le recomendaron.

Texto oficial

Artículo 110.- La Auditoría Superior comunicará a los Sujetos de Fiscalización, los resultados que derivaron de las auditorías practicadas y las acciones preventivas que deberán implementar para evitar las deficiencias o irregularidades detectadas. El sujeto fiscalizado deberá proporcionar la información y/o documentación que acredite, las medidas adoptadas para atender las recomendaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.