Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 109 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Auditoría Superior (la que revisa el dinero público) les va a pedir a las dependencias o personas que fiscaliza que tomen medidas para evitar que vuelvan a cometer los mismos errores que ya les señalaron en reportes anteriores. Es como si un contador te dice "oye, cuida tus recibos" antes de que tengas problemas con Hacienda. Las acciones que sugiere pueden ser para corregir fallas, pagar lo que se deba o simplemente mejorar los procesos. El chiste es que las irregularidades no se repitan, resolviendo las observaciones que ya se hicieron en informes pasados.

Texto oficial

Artículo 109.- La Auditoría Superior promoverá ante los sujetos fiscalizados la adopción e implementación de acciones preventivas para atender, superar, solventar y prevenir la incidencia de observaciones, irregularidades y recomendaciones contenidas en los resultados de los informes individuales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.