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Artículo 5 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Auditor Superior es el encargado de crear y autorizar el reglamento interno de su propia oficina, que es la Auditoría Superior. En ese documento se van a definir qué puede hacer cada área, quién las encabeza y qué pasa cuando los jefes no están. Todo esto se hace para que la Auditoría pueda trabajar de manera independiente, sin que otras autoridades se metan en sus decisiones técnicas o administrativas. Finalmente, ese reglamento tiene que publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que sea de conocimiento público.

Texto oficial

Artículo 5.- Corresponde al Auditor Superior la aprobación y expedición del Reglamento Interior de la Auditoría Superior en el que se establecerán sus atribuciones, la de las unidades administrativas, las suplencias y ausencias de sus Titulares; salvaguardando la autonomía técnica y de gestión que constitucionalmente se le confiere a la Auditoría Superior de la Ciudad de México; debiendo ser publicado el Reglamento Interior en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.