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Artículo 89 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La auditoría, que es una revisión detallada de cuentas o procesos, tiene que ser vigilada en cada una de sus etapas, desde el inicio hasta el final. También hay que supervisar a las personas que participan en ella para que hagan bien su trabajo. Todo esto se hace para asegurarse de que se cumplan los objetivos que se buscan con la auditoría.

Texto oficial

Artículo 89.- La auditoría deberá supervisarse en todas sus fases al igual que el personal que en ella intervenga, para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.