Artículo 27 de la LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Universidad tiene que hacer su propio presupuesto de gastos, tomando en cuenta cuánto dinero le va a tocar del Gobierno de la Ciudad de México. También debe ajustarse a los objetivos que haya fijado en su plan de desarrollo. Esto significa que la Universidad no puede gastar más de lo que sabe que va a recibir, y tiene que planear sus gastos con base en esos datos que le da la Secretaría de Administración y Finanzas.
Texto oficial
Artículo 27.- La Universidad elaborará anualmente su proyecto de presupuesto de egresos, atendiendo la previsión de ingresos que la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México le comunique y las metas establecidas en su plan de desarrollo. CAPÍTULO III DE LAS RELACIONES LABORALES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.