Artículo 1 de la LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la Ciudad de México, todas las personas tenemos derechos humanos garantizados por la Constitución de todo el país, los tratados internacionales que México haya firmado, la Constitución local y otras leyes. Esta ley es obligatoria para todos y busca proteger esos derechos. Su objetivo es crear un sistema que coordine al gobierno, los jueces, el congreso y las alcaldías para trabajar juntos por los derechos humanos. También define cómo funcionará ese sistema y cómo se relacionará con la planeación de la ciudad. Por último, establece las reglas para hacer y actualizar un programa que asegure que se respeten los derechos de todas las personas.
Texto oficial
Artículo 1. En la Ciudad de México las personas gozan de los derechos humanos y garantías reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados e instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, en la Constitución Política de la Ciudad de México, así como en las normas generales y locales. La presente Ley es de orden público, interés social y de aplicación general en la Ciudad de México y tiene por objeto: I. Crear el Sistema Integral de Derechos Humanos y establecer las bases para la coordinación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Autónomos, así como las Alcaldías; II. Regular la organización, competencias y funcionamiento del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México; III. Establecer la vinculación con el Sistema de Planeación y las demás instancias de planeación y presupuestación de la Ciudad, y; IV. Instituir las directrices para la elaboración y actualización del Programa de Derechos Humanos y los demás instrumentos del Sistema Integral, con el propósito de garantizar los derechos de todas las personas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.