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Ley
LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
23

Artículo 23 de la LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser jefe o jefa de la Instancia Ejecutora, la persona debe cumplir con varios requisitos. Necesita tener conocimientos básicos sobre derechos humanos y las leyes que aplican en la Ciudad de México. También debe demostrar que tiene al menos 5 años de experiencia comprobable en temas de derechos humanos, además de tener un título universitario. Es importante que cuente con el apoyo de universidades y organizaciones expertas en el tema, y que tenga buena fama, honradez y prestigio público. Por último, no debe estar castigado o prohibido para trabajar en el gobierno.

Texto oficial

Artículo 23. La persona titular de la Instancia Ejecutora, deberá acreditar: I. Tener conocimientos generales en materia de derechos humanos y el marco normativo vigente para la Ciudad De México; II. Contar con experiencia en materia de Derechos Humanos de, por lo menos, 5 años comprobables; III. Contar con título profesional; IV. Contar con el respaldo de Instituciones de Educación Superior y de organizaciones de la sociedad civil expertas en la materia; V. Gozar de buena reputación, probidad, capacidad y reconocido prestigio público, y VI. No estar inhabilitado para el ejercicio del servicio público.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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