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Artículo 46 de la LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las asociaciones civiles y las universidades que estén en la Ciudad, dentro de lo que les toca hacer, tienen que cumplir con estas obligaciones: Primero, deben comunicarse a tiempo para que todos puedan participar en el Sistema Integral. Segundo, tienen que cumplir lo que prometan al participar en el Comité, los grupos de trabajo o cualquier lugar donde colaboren. Y tercero, también deben cumplir con cualquier otra regla que digan otras leyes.

Texto oficial

Artículo 46. Las Organizaciones de la Sociedad Civil y las Instituciones de Educación Superior ubicadas en la Ciudad, en el ámbito de sus competencias, tendrán las obligaciones siguientes: I. Generar una comunicación oportuna que favorezca la participación en el Sistema Integral; II. Cumplir con los compromisos adquiridos en su participación, ya sea dentro del Comité, los grupos de trabajo y los Espacios de Participación, y III. Las demás que se establezcan en otros ordenamientos legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.