Artículo 195 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien presenta una demanda, la presidencia del tribunal tiene máximo 24 horas para pasársela al juez encargado o a la comisión que le toque. Esto significa que no pueden dejar el asunto guardado días enteros, sino que deben moverlo rápido.
Texto oficial
Artículo 195. Dentro de las veinticuatro horas posteriores a haber recibido la demanda, la Presidencia del Tribunal la turnará a la o el magistrado instructor que corresponda o a la Comisión, según sea el caso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.