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Artículo 2 de la LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica para qué sirve la ley: principalmente, para que la Ciudad de México colabore con el sistema nacional contra la corrupción y coordine a todas las dependencias y a la sociedad para prevenir y castigar estos actos. También busca crear reglas claras para usar el dinero público de manera honesta, vigilar a los servidores públicos y fomentar que actúen con ética. Además, establece cómo funcionará el sistema local anticorrupción, incluyendo comités y una secretaría, y promueve que la ciudadanía participe activamente. Por último, dice que se crearán sistemas electrónicos para que toda la información sobre corrupción esté disponible y actualizada.

Texto oficial

Artículo 2. Son objetivos de esta Ley: I. Integrar a la Ciudad de México al Sistema Nacional Anticorrupción; II. Establecer mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en la Ciudad de México y los entes públicos; y mecanismos de participación activa de la sociedad en la materia; III. Establecer las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas; IV. Establecer las bases para la emisión de políticas públicas locales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos; V. Establecer las directrices básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes para la generación de políticas públicas en materia de prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción en la Ciudad de México; VI. Regular la organización y funcionamiento del Sistema Local, su Comité Coordinador y su Secretaría Ejecutiva, así como establecer las bases de coordinación entre sus integrantes; VII. Establecer las bases, principios y procedimientos para la organización y funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana de la Ciudad de México; VIII. Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público en la Ciudad de México, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos; IX. Establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas, así como crear las bases mínimas para que todo ente público de la Ciudad de México establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el desempeño del servicio público; X. Establecer las bases del Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México; y XI. Establecer las bases para crear e implementar sistemas electrónicos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información de la materia que generen las instituciones competentes de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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