Artículo 41 de la LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas u oficinas que vigilan que el dinero público se use bien en la Ciudad de México son: la Auditoría Superior (que revisa cuentas), la Secretaría de la Contraloría General (que evita trampas), un representante del Comité de Participación Ciudadana (gente común que opina) y el Secretario Técnico del Sistema Anticorrupción (ya que también lleva las reuniones de este grupo). Todos juntos forman el equipo encargado de fiscalizar, o sea, de checar que no haya corrupción o malgasto de recursos.
Texto oficial
Artículo 41. Son integrantes del Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México: I. La Auditoría Superior de la Ciudad de México; II. La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México; III. Una persona representante del Comité de Participación Ciudadana y; La persona Secretaria Técnica del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, también lo será del Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.