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Artículo 120 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las plazas de trabajo en oficinas del gobierno, como dependencias, alcaldías y organismos públicos, no se podrán llenar si quedan vacías por la regla que da un apoyo económico a los trabajadores de base que se jubilan este año. Esto significa que si alguien se va por pensión, su puesto no será ocupado por otra persona, al menos durante este ejercicio fiscal. El objetivo es ahorrar recursos o reorganizar personal. En pocas palabras, si un empleado de base se jubila, su lugar se queda sin cubrir.

Texto oficial

Artículo 120. Las plazas de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades, que con motivo de la aplicación de la Norma que regula el apoyo económico para los trabajadores activos de base que causen baja por pensión del servicio durante el presente ejercicio fiscal, no podrán ser ocupadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

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