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Artículo 162 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que la Ciudad de México obtenga por sus inversiones financieras (como acciones o bonos que haya comprado) debe anotarse en el sistema de cuentas del gobierno. Esto aplica a cualquier ganancia o ingreso que venga de esos derechos de propiedad sobre dichas inversiones. La regla sirve para que todo quede bien registrado y controlado, sin que se pierda ni un peso. En pocas palabras: si la ciudad gana dinero con sus inversiones, tiene que reportarlo en su contabilidad oficial.

Texto oficial

Artículo 162. Los fondos que resulten del ejercicio de los derechos patrimoniales, inherentes a los valores que representen inversiones financieras de la Ciudad de México, deberán registrarse en el sistema de contabilidad a que se refiere el presente Título.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.