Artículo 162 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero que la Ciudad de México obtenga por sus inversiones financieras (como acciones o bonos que haya comprado) debe anotarse en el sistema de cuentas del gobierno. Esto aplica a cualquier ganancia o ingreso que venga de esos derechos de propiedad sobre dichas inversiones. La regla sirve para que todo quede bien registrado y controlado, sin que se pierda ni un peso. En pocas palabras: si la ciudad gana dinero con sus inversiones, tiene que reportarlo en su contabilidad oficial.
Texto oficial
Artículo 162. Los fondos que resulten del ejercicio de los derechos patrimoniales, inherentes a los valores que representen inversiones financieras de la Ciudad de México, deberán registrarse en el sistema de contabilidad a que se refiere el presente Título.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.