Artículo 181 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si alguien (como un funcionario o una institución) hace algo ilegal o incumple esta ley, la Contraloría o la Auditoría Superior de la Ciudad de México pueden hacer lo siguiente: Primero, van a señalar los errores que encontraron para que los corrijan. Segundo, inician un proceso para echarle la culpa a la persona y exigirle que pague los daños que causó, además de ponerle una multa o sanción. Tercero, si el responsable es un servidor público, le avisan al Sistema Anticorrupción de la Ciudad para que le apliquen las sanciones que marca la ley. Por último, si descubren que se perdió dinero del gobierno o de alguna institución pública, también lo reportan para que obliguen a quien sea responsable a devolver lo que se robó o dañó.
Texto oficial
Artículo 181. Con relación a actos u omisiones que implican alguna irregularidad o conducta ilícita en cuanto al cumplimiento de esta Ley, la Secretaría de la Contraloría General o Auditoría Superior de la Ciudad de México, de conformidad con sus atribuciones: I. Realizarán observaciones a los entes revisados o fiscalizados para los efectos correspondientes; II. Inicia procedimientos para el fincamiento de responsabilidad administrativa y resarcitoria y la imposición de las sanciones que procedan; III. Hacer del conocimiento del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, a aquellos hechos en que se considere existan responsabilidades de personas servidoras públicas, para la imposición de las sanciones que en derecho correspondan; y IV. También hará del conocimiento aquellos casos en los que determine que existen daños y perjuicios que afectan la Hacienda Pública de la Ciudad de México o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos de la Ciudad de México o de las entidades paraestatales, para que se finquen las responsabilidades resarcitorias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.