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Artículo 33 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad tiene que repartir el presupuesto entre las Alcaldías tomando en cuenta cinco cosas: cuánta gente vive ahí, qué tan marginada está la zona, los servicios y construcciones que ya tiene, y las áreas de conservación ecológica. La Secretaría debe publicar en la Gaceta las reglas exactas de cómo se va a dividir ese dinero, explicando por qué le da más peso a unos criterios que a otros. El dinero que viene del gobierno federal se debe contar por separado, sin mezclarlo con lo que le toca a cada Alcaldía. Además, la Secretaría les tiene que avisar a las Alcaldías cómo va a funcionar todo, para que ellas puedan opinar sobre lo que les corresponde.

Texto oficial

Artículo 33. Las asignaciones presupuestales para las Alcaldías se integrarán tomando en cuenta los siguientes criterios: a) Población; b) Marginación; c) Infraestructura; d) Equipamiento urbano; y e) Las zonificaciones del suelo de conservación. La Secretaría deberá emitir las reglas, políticas y metodología en que se sustenten los criterios de distribución, la justificación del peso que se otorga a cada rubro y los ponderadores, considerando los indicadores públicos, oficiales, disponibles recientes, así como lo establecido en el Programa General de Ordenamiento Ecológico, información que deberá publicarse en la Gaceta. Los recursos provenientes de las aportaciones federales deberán cuantificarse de manera independiente, respecto de los montos que se asignen a las Alcaldías. La Secretaría dará a conocer a las Alcaldías las reglas, políticas y metodología para que éstas manifiesten lo conducente, dentro del ámbito de su competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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