Artículo 51 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que están a cargo del dinero público en las oficinas del gobierno (como jefes y trabajadores encargados de la administración) son las responsables directas de usar bien esos recursos, cumplir con los gastos según lo autorizado, y alcanzar las metas que se prometieron en el presupuesto. También deben asegurarse de que todo el gasto cumpla con las leyes, que los pagos estén realmente hechos y justificados con documentos, y que guarden esos papeles de manera segura. Además, tienen que llevar un control estricto de las claves electrónicas (como contraseñas o firmas digitales) y registrar todas sus operaciones siguiendo las reglas de la Secretaría de Hacienda. Cada oficina debe tener sistemas para planear, registrar y revisar el gasto, de modo que ayuden a cumplir los objetivos del presupuesto. La Secretaría de Hacienda es la que pone las reglas generales para todo este proceso.
Texto oficial
Artículo 51. Las personas titulares de las Unidades Responsables del Gasto y las personas servidoras públicas encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios presupuestales autorizados, metas y de las funciones contenidas en el presupuesto autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme a las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría. Las Unidades Responsables del Gasto deberán contar con sistemas de control presupuestario que promuevan la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto de conformidad con los criterios establecidos en el párrafo tercero del artículo 1 de esta Ley, así como que contribuyan al cumplimiento de los objetivos y metas aprobados en el Presupuesto de Egresos. La Secretaría emitirá las reglas de carácter general para los procedimientos del ejercicio presupuestal, con apego a lo dispuesto en esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.