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Artículo 33 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se deroga, o sea, se elimina por completo el Capítulo VII de la ley, que hablaba sobre cómo se maneja la conectividad y la infraestructura de telecomunicaciones. En pocas palabras, ya no aplica ninguna de esas reglas que estaban en ese capítulo. Es como si lo tacharan del libro de la ley y ya no existiera.

Texto oficial

Artículo 33. Se Deroga CAPÍTULO VII DE LA GOBERNANZA DE LA CONECTIVIDAD Y LA GESTIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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