Artículo 33 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo dice que se deroga, o sea, se elimina por completo el Capítulo VII de la ley, que hablaba sobre cómo se maneja la conectividad y la infraestructura de telecomunicaciones. En pocas palabras, ya no aplica ninguna de esas reglas que estaban en ese capítulo. Es como si lo tacharan del libro de la ley y ya no existiera.
Texto oficial
Artículo 33. Se Deroga CAPÍTULO VII DE LA GOBERNANZA DE LA CONECTIVIDAD Y LA GESTIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES
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