LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las dependencias, alcaldías y organismos públicos. Les dice cómo deben manejar la información, usar la tecnología y ser más abiertos con los ciudadanos. O sea, establece las reglas para que el gobierno digital funcione de manera clara y ordenada en toda la ciudad.
- Art. 2Esta ley sirve para poner reglas claras sobre cómo manejar datos, usar tecnología, abrir información del gobierno y mejorar la conectividad en la Ciudad de México. Todo esto se hace para que puedas recibir un buen servicio por parte del gobierno, tal como lo dice la Constitución local. Para lograrlo, se crea la Agencia Digital de Innovación Pública, que es una oficina del gobierno encargada de hacer cumplir estas reglas. La persona que esté al frente de esa agencia será nombrada o despedida directamente por la Jefa o Jefe de Gobierno de la ciudad.
- Art. 3Si esta ley no dice algo sobre un trámite o servicio, se usan las reglas de otras leyes que sí hablen de ese tema. O sea, si hay un hueco en esta norma, se llena con lo que diga la ley especial de ese asunto.
- Art. 4La Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México es la encargada de explicar cómo se entiende esta ley cuando se trata de aspectos técnicos. Eso quiere decir que si hay dudas sobre cómo aplicar algún punto técnico de la ley, ellos deciden. Pero eso no quita que otras oficinas del gobierno también puedan opinar o hacer su trabajo sobre el mismo tema.
- Art. 5Este artículo habla de las reglas que debe seguir el gobierno de la Ciudad de México cuando usa la tecnología y el internet para manejar información y dar servicios. La primera regla dice que la información del gobierno debe ser clara y fácil de entender, y que también debe estar disponible para personas con discapacidad. La segunda regla impulsa que empresas, organizaciones y hasta organismos internacionales ayuden a vigilar que el gobierno electrónico funcione bien. La tercera regla busca que el gobierno use la tecnología para mejorar los servicios, ser más eficiente y gastar los recursos de manera clara y honesta. La cuarta regla promueve que el gobierno sea cercano y use un lenguaje sencillo, y que los sistemas digitales funcionen en cualquier dispositivo, siempre que sea seguro. Las siguientes reglas dicen que todo trámite por internet debe cumplir con la ley, que se debe garantizar que la información no sea alterada, que toda información del gobierno es pública (excepto la que por ley sea secreta), y que los ciudadanos pueden participar en las decisiones del gobierno usando las herramientas digitales disponibles.
- Art. 6Esta ley define palabras clave que vas a encontrar seguido. La "Agencia" es la oficina encargada de la innovación digital en la Ciudad de México. Los "Archivos" son cualquier documento o dato importante que tengan las oficinas del gobierno. Cuando habla de "Alcaldías", se refiere a las 16 demarcaciones en que se divide la capital, como Iztapalapa o Coyoacán. La "Accesibilidad" significa que todo debe estar diseñado para que cualquier persona, aunque tenga una discapacidad, pueda usarlo sin problemas. Por último, el "Acceso a la información" es tu derecho como ciudadano para pedir, buscar y obtener datos del gobierno.
- Art. 7La Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad es la dependencia encargada de poner en marcha esta Ley y su Reglamento. Esto significa que ella será la responsable de que todo se cumpla tal como está escrito. La Agencia tiene el permiso legal para hacerlo, siguiendo las reglas que ya existen. En pocas palabras, es la autoridad que va a supervisar y ejecutar lo que dice esta ley.
- Art. 8La Agencia es una oficina que depende del gobierno de la Ciudad de México y está bajo las órdenes directas de la Jefatura de Gobierno. Aunque forma parte de la administración pública, tiene libertad para tomar decisiones técnicas, administrativas y de operación por su cuenta. Esto significa que puede organizar su trabajo y usar sus recursos sin que le den órdenes detalladas todo el tiempo. Todo esto se hace siguiendo las reglas establecidas en el Reglamento Interior del gobierno de la ciudad. En pocas palabras, es como una área especial que tiene cierta independencia para funcionar, pero sigue siendo parte del gobierno.
- Art. 9La persona que esté al frente de esta área es elegida y puede ser despedida en cualquier momento por quien encabeza el Gobierno de la Ciudad. No se necesita una razón específica para quitarla del puesto; la decisión es completamente libre. Básicamente, el jefe de gobierno tiene todo el poder para poner y quitar a esta persona cuando él lo decida.
- Art. 10El Consejo Consultivo de la Agencia es un grupo de siete expertos que ayudan dando su opinión sobre temas importantes para la Agencia. La persona que está al mando de la Agencia elige directamente a estos especialistas y los invita a participar. Su puesto dura dos años y es honorífico, es decir, no les pagan ni reciben sueldo por este trabajo.
- Art. 11Este artículo dice cuál es el trabajo de una agencia del Gobierno de la Ciudad de México. Su objetivo es crear, organizar, vigilar y revisar las reglas sobre cómo se manejan los datos, la información pública, los trámites por internet y la tecnología. También se encarga de supervisar cómo funciona el internet y las instalaciones tecnológicas del gobierno. En otras palabras, esta agencia se asegura de que el gobierno use bien la tecnología y los datos para servir mejor a los ciudadanos.
- Art. 12La Agencia debe actuar siempre conforme a la ley (legalidad), manejando todas sus acciones y gastos de forma clara y abierta (transparencia). También tiene la obligación de usar bien el dinero y los recursos, sin desperdiciarlos (eficiencia y austeridad). Además, toda su información debe estar disponible para que cualquier persona la consulte (máxima publicidad). En pocas palabras, se tiene que portar derecho, ser clara y no gastar de más.
- Art. 13Este artículo dice que una agencia del gobierno va a coordinar varias cosas importantes, como el manejo de datos (información), el gobierno abierto (que la gente pueda ver cómo se gasta el dinero público), el gobierno digital (usar la tecnología para dar servicios), y cómo se maneja la conectividad a internet y la infraestructura (como antenas y cables). Para hacer esto, van a nombrar a unos "Oficiales de Información", que son trabajadores del gobierno encargados de aplicar esas reglas, vigilar que todo se cumpla y ser el puente entre la agencia y las dependencias donde trabajan. También tendrán que cuidar que se compre tecnología correctamente y que todo lo relacionado con la conectividad funcione bien. Por último, las Alcaldías (como las delegaciones o municipios) deben nombrar a una persona para coordinar con la agencia y asegurarse de que todo esto se lleve a cabo.
- Art. 14La Agencia se encarga de planear y supervisar que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad usen la tecnología y los datos de manera correcta, como si fuera el "jefe" de la digitalización. También debe coordinarse con otras autoridades, tanto de la Ciudad como federales, para que todo funcione en equipo. Entre sus tareas está crear una identidad digital única para los ciudadanos, diseñar plataformas para hacer trámites en línea y un número único de atención. Puede pedir información a las dependencias, pero siempre cuidando tus datos personales, y también hacer estudios para proponer mejoras basadas en evidencia. Además, puede trabajar con escuelas, empresas y la sociedad para innovar y compartir sus hallazgos si lo cree conveniente.
- Art. 15El manejo de datos en la Ciudad de México debe seguir cinco ideas principales: que la información sea accesible para todos, que se proteja tu privacidad, que los datos sean correctos y útiles, que se usen para beneficiar a la ciudad y que siempre se haga de forma responsable y respetuosa.
- Art. 16Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México tienen que seguir ciertas reglas para manejar los datos (información digital o documentos). Por ejemplo, deben cumplir con las políticas que el gobierno establece para usar los datos, compartir esa información con la Agencia cuando les toque, y participar en juntas de coordinación. También están obligadas a usar un solo sistema de información (como una plataforma única) para mantener los datos actualizados y completos. Además, los trabajadores deben tomar capacitaciones para entender bien estas reglas, y cada oficina tiene que tener a una persona llamada "Oficial de Información" que se encargue de que todo funcione.
- Art. 17La Jefatura de Gobierno de la CDMX (o su agencia de datos) tiene permisos para hacer varias cosas con la información pública. Pueden crear estrategias para que el gobierno funcione mejor, sea más claro y ayude al desarrollo de la ciudad y al bienestar de las personas. También pueden revisar planes y programas para mejorar servicios, juntar datos de todas las dependencias, y coordinarse en temas de datos abiertos (información que cualquiera pueda ver y usar). Además, pueden analizar información de seguridad para crear métricas (mediciones) sobre delitos, colaborar con otras instituciones públicas o privadas en consultorías, y hasta hacer laboratorios para proponer soluciones basadas en evidencia (con datos comprobados).
- Art. 18El gobierno de la Ciudad debe manejar toda la información de manera abierta y clara, sin esperar a que la pidas. Tú, como ciudadano, puedes participar activamente en las decisiones, y la tecnología se usa para que todo sea más fácil y seguro. Las leyes y los datos deben ser confiables y fáciles de entender y usar. Además, todo se diseña pensando en tus necesidades y en cómo puedes dar tu opinión para mejorar.
- Art. 19El artículo 19 dice que las oficinas de gobierno (llamadas "Entes") tienen que cumplir obligaciones sobre transparencia. Primero, deben entregar la información que la Agencia les pida, en el formato y tiempo que marquen las reglas. Segundo, tienen que ayudar a la Agencia a poner en marcha las herramientas que sirvan para que el gobierno de la Ciudad sea abierto. Tercero, deben participar en juntas o groups que organice el Jefe de Gobierno (o la Agencia) para coordinarse. Por último, también tienen que cumplir con lo que digan otras leyes.
- Art. 20El artículo 20 dice que el gobierno de la Ciudad de México, a través de una agencia especial, tiene varias obligaciones para que todo sea más abierto y transparente. Por ejemplo, debe diseñar las reglas de cómo se manejará la información pública y asegurarse de que la gente pueda participar en las decisiones del gobierno. También tiene que publicar en internet cómo se gasta el presupuesto de la ciudad, para que cualquier persona pueda revisarlo, y crear sistemas para que los datos sean fáciles de consultar. Además, debe supervisar que las dependencias cumplan con estas reglas y usar herramientas digitales abiertas para manejar las contrataciones públicas, como las compras del gobierno, evitando conflictos de intereses.
- Art. 21Para poner en marcha la política de Gobierno Abierto, se va a crear un Consejo de Gobierno Abierto que será dirigido por la persona que sea Jefa o Jefe de Gobierno. Este Consejo estará formado por varios funcionarios importantes, como los titulares de la Agencia Digital de Innovación Pública, la Consejería Jurídica, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Contraloría General, la Secretaría de Educación y la Autoridad Garante Local. También tendrá un representante de la sociedad civil y uno del sector académico. El Consejo puede invitar a otras personas a sus reuniones y aumentar el número de sus miembros si lo cree necesario. Los representantes de la sociedad civil y del sector académico serán nombrados según lo que diga el Reglamento de la Ley, solo podrán ser cambiados si renuncian o por una razón de fuerza mayor, y su cargo será honorífico, es decir, no recibirán pago por hacerlo.
- Art. 22El artículo dice que los miembros del Consejo de Gobierno Abierto del gobierno de la CDMX pueden nombrar a alguien que los reemplace cuando fallen. Ese suplente tiene que ser un trabajador del gobierno con un cargo igual o mayor al de Directora de Área. Esto aplica solo si el miembro trabaja directamente para la Administración Pública de la Ciudad.
- Art. 23El Consejo de Gobierno Abierto se junta a trabajar al menos dos veces al año, como mínimo. También se puede reunir de forma extraordinaria cuando sea necesario, sin importar el número de veces. Esto quiere decir que pueden tener juntas adicionales si surge algún asunto urgente o importante que atender.
- Art. 24El Consejo de Gobierno Abierto se encarga de planear y poner en marcha los proyectos de transparencia y participación ciudadana. También checa que esos planes se cumplan y, si hace falta, les da sugerencias a las dependencias del gobierno. Además, busca que personas ajenas al gobierno revisen y cuenten los avances. Organiza pláticas y reuniones para que la gente opine sobre estos temas. Por último, el mismo Consejo puede decidir cómo va a trabajar por dentro.
- Art. 25La Agencia va a ser la que ayude a organizar todo lo del Consejo. Entre sus tareas, está convocar a las juntas del Consejo, ya sean las normales o las especiales. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir, la Agencia lo va a suplir. También se encarga de que se cumplan los acuerdos que tome el Consejo y de checar cómo van los Planes de Acción. Además, cada tres meses tiene que presentar un reporte de cómo va el avance en gobierno abierto, y hacer todo lo que digan las reglas internas del Consejo.
- Art. 26Para hacer un plan de gobierno abierto, primero la persona que encabeza el gobierno de la ciudad lanzará una encuesta por internet para saber qué temas le interesan a la gente y qué debería incluirse en el plan. Esa encuesta se anuncia con al menos 15 días de anticipación y dura por lo menos 20 días hábiles (sin contar fines de semana). Con los resultados, se invita a organizaciones sociales, expertos y cualquier persona a trabajar junto con la oficina encargada (la Agencia) para crear el plan. Una vez listo, se publica el plan final en la plataforma digital correspondiente. Además, cada tres meses se revisan los avances y se entrega un reporte al Consejo de Gobierno Abierto.
- Art. 27El artículo dice que el gobierno de la Ciudad debe manejar sus servicios digitales con reglas claras. Eso significa que toda la información pública debe estar al alcance de todos, sin esconder nada, y usando tecnología moderna para ser más eficientes. También tienen que innovar, o sea, buscar maneras más simples y rápidas de hacer los trámites. En pocas palabras, el gobierno debe ser transparente, rápido y abierto con la gente.
- Art. 28Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno (como secretarías, institutos, etc.) están obligadas a seguir las reglas de gobierno digital. Tienen que cumplir con lo que diga la ley, aplicar programas sobre servicios digitales y una identidad digital única, y trabajar junto con la Agencia encargada de estos temas. También deben darle a esa Agencia toda la información que les pida para hacer bien su trabajo, y ayudar a crear planes para simplificar trámites y digitalizar servicios. Además, tienen que hacer lo que digan otras leyes relacionadas con estos temas.
- Art. 29La Jefatura de Gobierno, ya sea directo o por medio de la Agencia, tiene varias obligaciones para hacer más fácil el uso del internet y los servicios públicos en la Ciudad. Por ejemplo, tienen que crear un solo número de teléfono para reportar quejas o emergencias, y también diseñar una plataforma única donde puedas hacer todos tus trámites. Además, deben supervisar que todos estos sistemas digitales funcionen bien y medir qué tan satisfechos estamos los ciudadanos. También pueden dar asesoría a otras dependencias para ayudarlas a mejorar sus trámites y servicios digitales. Finalmente, tienen que proponer innovaciones y reglas para que el gobierno sea más moderno, eficiente y fácil para todos.
- Art. 30La política de gobernanza tecnológica de la Ciudad debe funcionar con reglas claras. Esto significa que la información debe ser abierta para que todos puedan acceder a ella, los sistemas deben poder crecer sin problemas y trabajar juntos entre sí. También se tiene que cuidar tu información personal y tu privacidad en todo momento. En pocas palabras, el gobierno debe usar la tecnología de forma transparente, eficiente y segura para ti.
- Art. 31Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben cumplir con ciertas reglas sobre cómo usar la tecnología. Por ejemplo, tienen que vigilar que se sigan las políticas tecnológicas, pedir permiso antes de comprar equipos o sistemas, y aceptar lo que decida la Agencia de Innovación. También deben compartir la información que se les pida y permitir que otras áreas del gobierno usen sus sistemas tecnológicos de forma gratuita. Además, tienen la obligación de participar en proyectos de tecnología que beneficien a todo el gobierno, como la Plataforma de Interoperabilidad Gubernamental. En resumen, es una lista de tareas que los entes públicos deben hacer para que la tecnología funcione bien en la Ciudad de México.
- Art. 32La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (a través de una agencia especializada) tiene varias funciones importantes con la tecnología. Puede crear y supervisar las reglas sobre cómo se usan las computadoras, internet y sistemas digitales en el gobierno. También se encarga de desarrollar herramientas tecnológicas para otras autoridades, construir una plataforma que conecte todos los sistemas del gobierno y revisar que las compras tecnológicas que hagan las dependencias sean las adecuadas. Además, debe coordinar proyectos que involucren a varias oficinas del gobierno, crear laboratorios para inventar nuevas soluciones digitales y asegurarse de que los servicios de internet y sistemas funcionen bien y sin fallas. También tiene la tarea de establecer cómo se usa la Firma Electrónica (una manera digital de firmar documentos con validez legal) en todos los trámites del gobierno. Por último, se encarga de unificar los sistemas para que no haya duplicidad de información, vigilar la seguridad informática, coordinar la Agenda Digital de la Ciudad y poner en práctica todas estas reglas. En resumen: es la oficina que decide cómo se usa la tecnología en el gobierno para que todo funcione de manera eficiente y segura.
- Art. 33Este artículo solo dice que se deroga, o sea, se elimina por completo el Capítulo VII de la ley, que hablaba sobre cómo se maneja la conectividad y la infraestructura de telecomunicaciones. En pocas palabras, ya no aplica ninguna de esas reglas que estaban en ese capítulo. Es como si lo tacharan del libro de la ley y ya no existiera.
- Art. 34El artículo dice que la Ciudad debe manejar su internet y sus redes como el agua o la electricidad: de forma clara y para todos por igual. No puede negarle el servicio a nadie ni cobrar precios exagerados. Además, las empresas de telecomunicaciones están obligadas a compartir sus torres, cables y hasta sus servicios con otras compañías, para que haya más opciones y mejores precios para ti. Todo esto se hace con reglas parejas para que ninguna empresa tenga ventaja injusta.
- Art. 35Las dependencias del gobierno de la Ciudad (los "Entes") están obligadas a seguir estas reglas en temas de internet y torres de señal: 1. Deben entregar cualquier documento o dato que les pida la Agencia, exactamente como se los pidan, sin cambios ni atrasos. 2. Tienen que dejar que la Agencia entre a sus edificios y terrenos, y darle todo lo que ocupe para instalar antenas y cables de internet, siempre y cuando tengan presupuesto para hacerlo. 3. Están obligadas a ayudar a la Agencia a planear y hacer todo lo necesario para que el gobierno de la Ciudad cumpla sus metas de que todos tengan acceso a internet. 4. Para comprar o rentar servicios de internet, equipos o infraestructura (como antenas o postes), deben seguir al pie de la letra las reglas de contratación que emita la Agencia. 5. Antes de firmar cualquier contrato de este tipo, necesitan pedirle a la Agencia un visto bueno técnico por escrito. 6. Tienen que participar en las juntas y grupos de trabajo que organice la Jefatura de Gobierno a través de la Agencia, para hablar de conectividad e infraestructura. 7. También deben cumplir con cualquier otra obligación que digan otras leyes.
- Art. 36La Jefatura de Gobierno, por medio de una agencia especial, puede diseñar y supervisar cómo se usa el internet y las redes en la Ciudad de México, incluyendo las oficinas del gobierno y las alcaldías. También debe crear planes para que todos los edificios públicos tengan internet poco a poco, según lo que la agencia decida como prioritario. Puede poner reglas para usar los terrenos del gobierno con fines de internet, y administrar las redes de telecomunicaciones de todas las dependencias. Además, puede comprar o rentar equipos de telecomunicaciones, incluso con ayuda de empresas privadas, y hacer licitaciones para contratar esos servicios. Finalmente, debe proponer un modelo de conectividad para que la gente tenga acceso a internet de calidad.
- Art. 37Para que la Ciudad de México mejore la conexión a internet y la infraestructura, van a formar un grupo llamado Consejo de Conectividad e Infraestructura. Este consejo estará encabezado por la Jefa o Jefe de Gobierno y tendrá varios miembros clave, como los titulares de la Agencia Digital, el C5, la Secretaría de Seguridad, y otras dependencias importantes. También habrá representantes de las alcaldías, de empresas de telecomunicaciones, de la sociedad civil y de universidades o centros de estudio. Si se necesita tratar un tema especial, el consejo puede invitar a otras personas y crear equipos de trabajo. Todos los que participen lo harán de forma gratuita, sin recibir sueldo.
- Art. 38Las personas del gobierno de la Ciudad de México que formen parte del Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones son los jefes de las oficinas o secretarías. Ellos pueden escoger a alguien de su equipo, con un cargo de jefe de área o más alto, para que los reemplace en las juntas cuando ellos no puedan asistir. En pocas palabras, los altos funcionarios pueden mandar a un suplente en su lugar. Ese suplente debe tener un puesto importante dentro del mismo gobierno.
- Art. 39El Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones debe juntarse a platicar y tomar decisiones por lo menos dos veces al año, pero si hace falta se puede reunir más veces de manera urgente o especial. Esas juntas extra se llaman extraordinarias y se hacen cuando se necesiten. En pocas palabras, el Consejo tiene reuniones fijas cada seis meses, pero también puede juntarse en cualquier otro momento si surge algo importante.
- Art. 40El Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones tiene varias tareas: - Diseñar y poner en marcha planes para mejorar las telecomunicaciones, enfocándose en la conexión a internet y en usar de manera eficiente los equipos y cables (infraestructura) que ya tiene el gobierno de la Ciudad de México. - Dar seguimiento a esos planes, checar que se cumplan y, si hace falta, sugerir cambios a las dependencias del gobierno (Entes). - Usar expertos externos para verificar que los planes avancen y se cumplan. - Organizar pláticas, eventos y juntas sobre telecomunicaciones. - Tener acceso a toda la información que necesiten para hacer su trabajo. - Aprobar sus propias reglas internas de funcionamiento.
- Art. 41La persona que está al frente de la Agencia también va a ser la Secretaria Técnica del Consejo. Esto quiere decir que, entre sus obligaciones, tiene que convocar a las juntas normales y a las especiales del Consejo. También debe reemplazar al Jefe de Gobierno cuando él no esté presente, y asegurarse de que se cumplan los acuerdos que tome el Consejo, además de darle seguimiento a los Planes de Acción. Por último, tiene que cumplir con cualquier otra obligación que le pongan las reglas internas de operación del Consejo.
- Art. 42Si un servidor público (un funcionario del gobierno) no hace lo que dice esta ley, se le puede abrir un proceso por faltas administrativas. Esto significa que puede recibir una sanción como una multa, suspensión o incluso despido. Además, si también violó otras leyes, podría enfrentar otras consecuencias aparte.
- Art. 43La Agencia debe avisar a las autoridades indicadas cuando sepa que alguien no está cumpliendo con sus obligaciones. Es decir, si detectan una falta, tienen la obligación de reportarla. Esto aplica a cualquier incumplimiento del que tengan conocimiento.
- Art. 44Este artículo dice que cometerás una falta administrativa, o sea, un delito leve como servidor público, si haces cualquiera de estas cosas: 1) No dejas que la Agencia (una dependencia del gobierno) entre a los equipos y cables de telecomunicaciones que necesite para hacer su trabajo; 2) Escondes o niegas información sobre esos equipos cuando la Agencia te la pida; 3) Compras un software aunque la Agencia te haya dicho que no lo hagas; 4) Ocultan o no compartes reportes de otras oficinas del gobierno; 5) Mientes o escondes datos de contratos, ingresos, gastos o las declaraciones de tus bienes; o 6) Bloqueas el acceso a la información o datos que la Agencia tiene derecho a manejar según esta ley.
- Art. 45Si alguien no cumple con las reglas sobre transparencia y manejo de datos personales que marca esta ley, le aplicarán castigos según lo que digan otras dos leyes de la Ciudad de México: la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de Datos Personales. Esta ley comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2019 y dejó sin efecto una ley anterior llamada "Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad abierta". También se hicieron cambios para que la nueva Agencia (la que maneja estos temas) tome el lugar de la Unidad de Mejora Regulatoria en ciertas funciones. Además, el Jefe de Gobierno tiene 180 días para publicar el reglamento de esta ley, y la Agencia tiene el mismo plazo para crear varias políticas, como la de gestión de datos y gobierno abierto.