Artículo 40 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones tiene varias tareas: - Diseñar y poner en marcha planes para mejorar las telecomunicaciones, enfocándose en la conexión a internet y en usar de manera eficiente los equipos y cables (infraestructura) que ya tiene el gobierno de la Ciudad de México. - Dar seguimiento a esos planes, checar que se cumplan y, si hace falta, sugerir cambios a las dependencias del gobierno (Entes). - Usar expertos externos para verificar que los planes avancen y se cumplan. - Organizar pláticas, eventos y juntas sobre telecomunicaciones. - Tener acceso a toda la información que necesiten para hacer su trabajo. - Aprobar sus propias reglas internas de funcionamiento.
Texto oficial
Artículo 40. Son facultades del Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones: I. Diseñar bajo el principio de colaboración los planes de acción en materia de telecomunicaciones con especial énfasis en conectividad y, uso, aprovechamiento y explotación eficiente y efectiva de la infraestructura activa y pasiva existente y futura de la Administración Pública de la Ciudad de México e implementarlos para la consecución de las obligaciones del Gobierno de la Ciudad de México; II. Dar seguimiento y evaluar la implementación de los Planes de Acción y en su caso emitir las recomendaciones a los Entes; III. Promover a partir de mecanismos e instancias independientes y externas los avances y el cumplimiento de los planes de acción; IV. Promover mecanismos de interacción como foros, eventos, y encuentros en materia de telecomunicaciones; V. Acceder a toda la información vinculada a los temas de su competencia; y VI. Aprobar sus Reglas de Operación Interna.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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