Artículo 23 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Gobierno Abierto se junta a trabajar al menos dos veces al año, como mínimo. También se puede reunir de forma extraordinaria cuando sea necesario, sin importar el número de veces. Esto quiere decir que pueden tener juntas adicionales si surge algún asunto urgente o importante que atender.
Texto oficial
Artículo 23. El Consejo de Gobierno Abierto sesionará cuando menos dos veces al año y de manera extraordinaria las veces que se requiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.