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Artículo 24 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Gobierno Abierto se encarga de planear y poner en marcha los proyectos de transparencia y participación ciudadana. También checa que esos planes se cumplan y, si hace falta, les da sugerencias a las dependencias del gobierno. Además, busca que personas ajenas al gobierno revisen y cuenten los avances. Organiza pláticas y reuniones para que la gente opine sobre estos temas. Por último, el mismo Consejo puede decidir cómo va a trabajar por dentro.

Texto oficial

Artículo 24. Son facultades del Consejo de Gobierno Abierto: I. Diseñar bajo el principio de colaboración los planes de acción en materia de gobierno abierto de la Administración Pública de la Ciudad e implementarlos para la consolidación del Gobierno Abierto en la Ciudad; II. Dar seguimiento y evaluar la implementación de los Planes de Acción y en su caso emitir recomendaciones a los Entes; III. Promover a partir de mecanismos e instancias independientes y externas los avances y el cumplimiento de los Planes de Acción; IV. Promover mecanismos de interacción como foros, eventos, y encuentros en materia de Gobierno Abierto; y V. Aprobar sus Reglas de Operación Interna.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.