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Artículo 25 de la LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia va a ser la que ayude a organizar todo lo del Consejo. Entre sus tareas, está convocar a las juntas del Consejo, ya sean las normales o las especiales. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir, la Agencia lo va a suplir. También se encarga de que se cumplan los acuerdos que tome el Consejo y de checar cómo van los Planes de Acción. Además, cada tres meses tiene que presentar un reporte de cómo va el avance en gobierno abierto, y hacer todo lo que digan las reglas internas del Consejo.

Texto oficial

Artículo 25. La Agencia fungirá como Secretaría Técnica del Consejo y tendrá entre otras las siguientes atribuciones: I. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo; II. Suplir al Titular de la Jefatura de Gobierno en su ausencia; III. Implementar los acuerdos del Consejo, así como dar seguimiento a los Planes de Acción; IV. Presentar la evaluación trimestral de los avances en materia de gobierno abierto; y V. Las demás que le otorguen las Reglas de Operación Interna del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.