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Artículo 34 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 dice que para usar el sistema de Inicio de Sesión Único (una sola cuenta para acceder a varios servicios), necesitas dos cosas: un nombre de usuario (como tu correo o un apodo que te identifique) y una contraseña que combine letras y números. Si usas el Inicio de Sesión Verificado (más seguro), además del usuario y la contraseña, te pedirán un paso extra de verificación, como un código que llega a tu celular o una huella digital.

Texto oficial

Artículo 34. El usuario y contraseña para utilizar el Inicio de Sesión Único deberá contar con al menos los siguientes elementos: I. Identificador de usuario; II. Contraseña alfanumérica. Para el Inicio de Sesión Verificado se requerirá al menos un segundo factor de verificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.