Artículo 41 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Firma Electrónica que viene en la Cédula Ciudadana tiene el mismo valor legal que tu firma de puño y letra. Eso significa que cuando firmes algo con esa firma digital, el gobierno y las alcaldías lo van a aceptar como si hubieras puesto tu rúbrica a mano en un papel. Así que no necesitas ir a firmar físamente; con esa firma electrónica ya es válido.
Texto oficial
Artículo 41. La Firma Electrónica asociada a la Cédula Ciudadana será aceptada por la Administración Pública y las Alcaldías como si se tratase de un documento con Firma autógrafa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.